Legal
Aprueban regular la venta y destrucción de productos forestales decomisados
La Asamblea Legislativa aprobó emitir las «Disposiciones Transitorias para la venta, donación y destrucción de productos y subproductos forestales decomisados por infracciones a la Ley Forestal».
La normativa faculta al MAG, específicamente a la Dirección General de Ordenamiento Forestal, Cuencas y Riego, para llevar a cabo la venta, donación o destrucción de productos y subproductos forestales decomisados en situaciones donde no se pueda demostrar su origen lícito o adquisición legal. Se establece un plazo de quince días hábiles, tras el decomiso, para que el propietario demuestre la propiedad o presente reclamo. Pasado este periodo, el MAG tiene la facultad de disponer de los productos decomisados.
En casos urgentes, la normativa autoriza la venta con dispensa de trámite y la destrucción de productos que hayan perdido valor comercial debido al deterioro o condiciones climáticas, sujeto a la evaluación técnica de la Dirección General de Ordenamiento Forestal, Cuencas y Riego.
Además, la iniciativa faculta al MAG para formalizar estas acciones respaldadas por actas y documentación pertinente. Permite la venta, donación o destrucción de productos forestales decomisados en lotes, sin requerir la individualización de expedientes para decomisos anteriores a enero de 2021.
Se establece que el decreto entraría en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial y tendría efectos durante un periodo de ocho meses. La normativa busca establecer un marco normativo claro y transitorio para la gestión de productos forestales decomisados, promoviendo la eficiencia y la transparencia en estas acciones.