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Aprueban reformas al sistema de ahorro de pensiones
La Asamblea Legislativa aprobó dos reformas al sistema de pensiones en lo relativo a volver más expedita la devolución de saldo a los salvadoreños radicados en el extranjero y a los que han sido diagnosticados con enfermedades graves en etapa terminal.
Se incorpora un nuevo inciso al artículo 126 de la Ley del Sistema de Ahorro de Pensiones, en el que se establezca que los salvadoreños en el exterior podrán optar a la devolución de sus ahorros, independientemente de su edad, siempre y cuando demuestren que tienen un estatus migratorio regular permanente en el extranjero.
Esta petición procederá por única vez y deberá ser resuelta en un máximo de 30 días hábiles a partir de su interposición y presentación de la documentación completa.
La segunda reforma recae en el artículo 126 de Ley de Pensiones, con la finalidad de volver más expedita la devolución de saldo a los cotizantes con enfermedad graves en etapa terminal.
En ese sentido, la Comisión Calificadora de Invalidez deberá validar el dictamen médico del afiliado en el plazo de 15 días hábiles. Para tales efectos, la institución administradora deberá remitir a la referida comisión la solicitud del afiliado en el plazo de 3 días hábiles. Con dicha validación, las administradoras respectivas deberán proceder a la devolución del salgo en un plazo de 5 días hábiles.
Esta enmienda también aplica cuando se tiene certificados de traspaso o certificados de traspaso complementario, que correspondan a los afiliados del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) y del Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP), estas instituciones deberán trasladar la información correspondiente en un plazo de 15 días, y el saldo deberá ser devuelto dentro de un plazo máximo de 30 días.