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Aprueban que el CNR no transfiera la totalidad de sus excedentes

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La Asamblea Legislativa aprobó una reforma a las Disposiciones Generales de Presupuestos en el sentido que el Centro Nacional de Registros (CNR) no tenga que transferir al Fondo General del Estado todos sus excedentes.

La reforma busca que, específicamente, el CNR solo remese el 50 % del excedente o superávit reflejado en los resultados presupuestarios.

Según la propuesta el 50 % no remesado deberá ser utilizado para financiar proyectos de inversión pública o cualquier otro gasto de capital indispensable para cumplir con la función de organizar y administrar el sistema registral y catastral del país.

Las disposiciones vigentes señalan que las instituciones estatales que, al 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal, tengan utilidades deberán remesar un porcentaje al Fondo General a más tardar el 31 de mayo del siguiente año y que, para el caso del CNR, debe transferir el 100% de las utilidades o ganancias.

De acuerdo a la correspondencia del ministro, el propósito de hacer la reforma es “financiar y ejecutar proyectos de modernización institucional e incorporación de avances tecnológicos que faciliten y agilicen la prestación de los servicios demandados por los usuarios”.

Agrega que el CNR “ha estimado prudente” modificar el inciso segundo del artículo 15, en el capítulo I de las “Disposiciones comunes para las instituciones oficiales autónomas”.

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