Legal
Ya vigente endurecimiento de penas por delitos informáticos
Recientemente fue publicado en el Diario Oficial las reformas a la Ley Especial Contra Delitos Informáticos y Conexos (LEDIC). Entre las modificaciones se encuentra la inclusión de delitos cometidos contra personas con discapacidad, y el incremento de penas carcelarias, dependiendo de la categoría del delito.
Con las reformas quien cometa fraude informático tendría una condena de entre seis y diez años en prisión; por estafa informática, la pena contemplada es de entre cinco y ocho años de cárcel.
El que por medio del uso indebido de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, valiéndose de cualquier manipulación en sistemas informáticos o cualquiera de sus componentes, datos informáticos o información en ellos contenida, consiga insertar instrucciones falsas o fraudulentas que produzcan un resultado que permita obtener un provecho para sí o para un tercero en perjuicio ajeno, será sancionado con prisión de seis a diez años.
Con las modificaciones aprobadas se ha establecido que quienes interfieran o alteren sistemas informáticos públicos destinados a la prestación de servicios de salud, de comunicaciones, de realización de transacciones financieras y de bitcoin u otras criptomonedas y su convertibilidad, serán sancionados con de entre cuatro y siete años de prisión.
En casos de estafa informática, se incorporó una pena de cárcel de entre ocho y diez años si el delito es cometido con presupuesto en perjuicio de propiedades del Estado, contra sistemas bancarios y entidades financieras. También cuando los responsables sean empleados o encargados de dar mantenimiento a la red o sistemas informáticos en todas sus modalidades.
Las reformas contemplan la incorporación de un capítulo donde se establece una pena de uno a tres años de prisión para quienes haciendo uso de las tecnologías de la información seduzcan a niñas, niños y adolescentes o personas con discapacidad.
A quienes envíen, soliciten, intercambien o transmitan audios, imágenes o videos de contenido sexual, o sexualmente explícitos reales o simuladas, con dicho grupo de la población se sancionará con prisión de dos a cuatro años.
La actualización de la normativa también contempla la asignación de recursos para la Fiscalía General de la República (FGR) y la Policía Nacional Civil (PNC). Ambas instituciones contarán con Unidades de Investigación Científica de los Delitos Informáticos, Tratamiento y Análisis de la Evidencia Digital.
En el caso del hurto de identidad contemplaría entre cinco y ocho años de cárcel. Además, la seducción, extorsión e intercambio de mensajes a niñas, niños y adolescentes implicaría de dos a cuatro años de prisión.
Por el delito de hurto de medios informáticos loa implicados tendrían un castigo de cinco a ocho años de cárcel, en el caso de la interferencia del sistema informático, sopesaría una pena que va entre cuatro a siete años de prisión.