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Apropiación del pago de propinas con una pena de prisión de cuatro a ocho años

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Esta semana, el partido ARENA presento dos piezas de correspondencia para regular penal y laboralmente la entrega de propina en la empresa privada. Una de las propuestas establece la creación del artículo 245-A del Código Penal tipificando la apropiación ilegal del pago de propinas con una pena de prisión de cuatro a ocho años.

La propuesta es analizada por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. En la presentación de la propuesta se explica que en la legislación salvadoreña no está regulado la gratificación voluntaria para los trabajadores de la empresa privada. 

El articulo agregado en el Código Penal establece una sanción para la apropiación ilegal de esta gratificación por parte del patrono, empleador o cualquier persona responsable de entregarlas, por lo que la reforma propone agregar un artículo 245-A, para tipificar dicha conducta y la sanción contemplada es prisión de cuatro a ocho años.

Sobre el ámbito laboral, se propone una reforma al Código Laboral agregando el numero 11 al artículo 29, agregando como obligación de los patronos el pago de las gratificaciones que los clientes de forma voluntaria entreguen.

Respecto a la propuesta inicial de castigar la apropiación ilegal de propinas, el diputado Ricardo Velásquez Parker (ARENA), dijo: “Según reporte de empleados privados de restaurantes, hoteles, salones de belleza en donde se estila que el cliente en su tarjeta de crédito otorga al empleado una propina, resulta que los patronos ocupan esta propina dentro de su flujo de caja y dentro de su financiamiento como parte de sus ingresos y eso es el sagrado ingreso del empleado”.

En ese sentido, los diputados acordaron por unanimidad citar al titular de la Fiscalía General de la República (FGR) para conocer su opinión sobre el tema.

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