Legal
Aprobada reforma para fortalecer el Instituto de Bienestar Animal (IBA)
El pleno legislativo se ha aprobado una reforma a la Ley Especial de Protección y Bienestar Animal que otorga facultades al Instituto de Bienestar Animal (IBA) para adoptar la medida cautelar de «rescate temporal de animales» y asignar su cuidado a personas naturales.
Las principales características de esta reforma son las siguientes:
- Registro de infractores: El IBA estará encargado de mantener un registro de infractores, el cual será consultable a través de sus sistemas electrónicos de información. Esto amplía el registro actual de denuncias que lleva el instituto.
- Procedimientos de maltrato animal: Los procedimientos relacionados con maltrato animal podrán iniciarse de oficio o a través de denuncias presentadas ante la Unidad de Protección de Animales de Compañía de una municipalidad o una dependencia del IBA. El IBA podrá intervenir como parte interesada en los procedimientos administrativos y aportar pruebas.
- Infracciones muy graves: Se han agregado cuatro nuevas infracciones consideradas como muy graves. Estas incluyen realizar mutilaciones estéticas o modificaciones en animales de compañía sin un diagnóstico justificado, la compra o venta de animales domésticos vivos en mercados municipales, la extracción y venta de animales de vida silvestre, y el incumplimiento del plan de manejo ambiental del Ministerio de Medioambiente y Recursos Naturales (MARN). Estas infracciones conllevan sanciones que oscilan entre 7 y 10 salarios mínimos.
- Registro de infractores: Se establece que el IBA llevará un registro de infractores, el cual podrá ser consultado a través de sus sistemas electrónicos de información. Esta reforma amplía el alcance del registro, que anteriormente se limitaba a denuncias.
- Medidas adicionales: El IBA podrá ordenar la obligación de realizar cursos de reeducación o formación en bienestar, protección animal y derechos de los animales. Además, se establece la responsabilidad solidaria si la infracción es imputable a varias personas.
- Participación de instituciones: La reforma incluye a la Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM), el Ministerio de Obras Públicas (MOP), veterinarias, municipalidades y otros ministerios en la tarea de hacer cumplir la ley. Esto permitirá que el IBA descentralice sus acciones a través de estas instituciones.
Esta reforma tiene como objetivo fortalecer la protección y el bienestar animal en el país, estableciendo medidas más rigurosas y brindando facultades adicionales al Instituto de Bienestar Animal para llevar a cabo su labor.