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Aprobación de Ley de Probidad Pública
Ayer en la Asamblea Legislativa con 47 votos, los diputados aprobaron la Ley de Probidad Pública que sustituirá a la ley derogada, Ley sobre Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos, de 1959. El partido ARENA votó en contra de esta ley. El objetivo principal de dicha ley será establecer procedimientos para determinar el patrimonio de los funcionarios y empleados públicos. Todos los funcionarios tendrán que rendir cuentas de sus bienes cada tres años. Los nuevos funcionarios que se incluyen en la ley son: los comisionados y subcomisionados de la Presidencia de la República, magistrados de segunda instancia, jueces de primera instancia, suplentes y sus secretarios. Los comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública, miembros del tribunal de Ética Gubernamental, representantes y director ejecutivo del Consejo Nacional de Administración de Bienes, del Tribunal de Servicio Civil y de la Fiscalía General de la República, el auditor interno, fiscal de la Corte Suprema de Justicia, fiscal de derechos humanos, entre otros. También incluyeron a jefes de unidades de adquisiciones, administradores de aduanas jefes y subjefes del Ministerio de Hacienda…Oficiales de nivel superior de la Policía Nacional Civil, directores, gerentes y jefes de empresas de economía mixta o creadas en asocio público-privado.
La ley derogada facultaba a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a pronunciar resolución ordenando a la Cámara de lo Civil que inicie juicio por enriquecimiento. Pero con la aprobación de la nueva ley, será la Sala de lo Civil de la CSJ la que tendrá facultad de dar aviso por sí o a propuesta de la Sección de Probidad de la CSJ, a la FGR de posibles indicios de delitos, enriquecimiento ilícito, infracciones administrativas o de bienes sujetos a extinción de dominio. También esta nueva ley, autoriza a la Sección de Probidad a proponer a la Sala de lo Civil que dé aviso al fiscal cuando se haya encontrado indicios sobre un hecho delictivo y rendir informes al Corte en pleno.
La Sección de Probidad tendrá la facultad para pedir información pertinente, incluso la que tenga clasificación legal reservada, secreto bancario, declaraciones de impuestos y otras parecidas, a todos los funcionarios y empleados públicos, personas naturales y jurídicas. Diputados de ARENA argumentaron que la nueva ley no tiene como objetivo prevenir y perseguir el enriquecimiento ilícito, sino que solo establece procedimientos para determinar patrimonios. Que es un retroceso y que no está hecha para perseguir la corrupción.