Economía

Aplicación de la debida diligencia ante los activos digitales

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La Ley de Emisión de Activos Digitales Recientemente entró en vigor y es la normativa marco para la emisión, adquisición e inversión de activos digitales. Las nuevas regulaciones responden al auge de las criptomonedas y el creciente interés en los activos de ese rubro y su debida diligencia.

Este ley pretende regular las operaciones de activos que se utilicen en las emisiones de ofertas públicas. La normativa regula los requisitos y obligaciones de los emisores de criptoactivos como proveedores de servicios de activos digitales.

Bajo ese contexto, radio Sonora 104.5 recibió, en el programa especial coproducido con revista DyN, a la abogada Silvia Aguilar. La invitada abordó el tema «Debida diligencia ante los activos digitales» y conversó sobre temas relacionados con los posibles riesgos que generan los activos digitales en el tema de la debida diligencia empresarial.

Aguilar es abogada especialista en derecho corporativo, certificada internacional en la prevención del lavado de dinero y debida diligencia corporativa. Gerente legal de la firma Monroy & Asociados.

Durante la entrevista, explicó que la Ley de Activos Digitales busca regular las operaciones de activos y principalmente emisiones de ofertas públicas de estos mismos. Normativa sobre la cual se señala que el activo digital es una representación digital que puede almacenarse y transferirse electrónicamente, en los cuales los registros se encuentran enlazados y cifrados para proteger la seguridad y privacidad de las transacciones.

Sobre los riegos generados en el tema de lavado de dinero, explicó que, aunque existen los riesgos, esto es al igual que con las transacciones tradicionales en el sistema financiero: “Existe riesgo de lavado de dinero, porque no está enfocado a identificar quien es el que está transaccionando. Todos pueden ver las transacciones, porque está en un sistema descentralizado, pero no quien lo hace y de donde viene el dinero”.

Aguilar explicó que para aplicar la debida diligencia en materia de activos los sujetos obligados son los proveedores de servicios digitales, y la normativa ha establecido qué procedimiento seguir en caso de que se opere con activos digitales. “La normativa ha establecido cómo se van a llenar los formularios en caso de transacciones de wallet a wallet, distintas wallets, cajeros electrónicos, etc”, planteó.

La debida diligencia de los activos digitales es un proceso esencial para evaluar la viabilidad y el potencial de estos como una inversión y uso. Es importante tener en cuenta varios factores durante la debida diligencia, como la tecnología subyacente, la regulación y el cumplimiento normativo, la estructura y la emisión del activo digital, la seguridad del activo digital y la liquidez del activo digital. Una debida diligencia adecuada permite tomar decisiones informadas sobre la inversión en este tipo de activos.

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