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Antecedentes penales se eliminarán cuando vulneren un derecho fundamental de la persona
Esta semana, el Instituto de Acceso a la información Pública (IAIP) resolvió un caso que marcó un precedente, ya que ordenó a la Policía Nacional (PNC) que borre de sus registros, los antecedentes penales de una persona que fue sobreseída en 2003 por el Juzgado Octavo de Paz de San Salvador, por el delito de lesiones culposas, ya que debido a ese antecedente penal, en su historial policial, no había podido acceder a un cargo público ofrecido por la Lotería Nacional de Beneficencia, hasta que el instituto ordenó suprimir dicho historial, bajo el criterio de finalidad y derecho al olvido.
Además el IAIP encargó a la PNC que actualice sus bases de datos de las personas que registran los antecedentes penales, con el fin de permitir a los ciudadanos acceder, ratificar, cancelar u oponerse a los datos personales que maneja la institución sin autorización previa de los ciudadanos, además los comisionados establecieron que los antecedentes penales de una persona deberán ser eliminados cuando hayan dejado de ser necesarios a los fines para los cuales fueron recolectados, cuando los datos vulneren un derecho fundamental de la persona o dependiendo de la calidad de los datos almacenados.
El IAIP otorgó ocho días hábiles a la PNC para que suprima de su base de datos el antecedente penal del ciudadano, y para que también traslade dicha orden a la Corte Suprema de Justicia (CSJ). La PNC tendrá tres días, al final de los ocho del plazo anterior, para que entregue al apelante la constancia de cancelación de los antecedentes.
Por otra parte, según la resolución de los comisionados del IAIP, la Policía Nacional Civil cuenta con la base de datos de disposiciones judiciales del sistema de información policial, base de datos de control de expedientes de la unidad de archivo central de la PNC y base de datos sobre reporte de personas detenidas de la CSJ.