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ANDA ya no podrá cobrar por servicios no prestados
Ayer, la Asamblea Legislativa aprobó con 69 votos la reforma al artículo 3 de la Ley de Administración de Acueductos y Alcantarillados (ANDA) que prohíbe cobrar facturas a usuarios que no reciban el servicio de agua potable.
Esta iniciativa fue promovida por ARENA y GANA que contó con el apoyo del FMLN, PCN, PDC, CD y del diputado No Partidario, Leonardo Bonilla.
La reforma estipula, «dejar sin efecto la emisión de la factura de cobro por consumo del servicio a los usuarios, a quienes ANDA haya comprobado que no les ha proporcionado el servicio de agua potable, exceptuando el cobro mínimo de acceso al servicio público, el incumplimiento de lo anterior, hará incurrir en responsabilidades patrimoniales de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Administrativos a quienes resultaren responsables por el cobro de servicios no proporcionados al usuario”.
La Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el pleno legislativo en diciembre del 2017, establece en el capítulo IV, artículo 55 que “los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por la administración pública de la lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que esta sea a consecuencia del funcionamiento normal o anormal de la administración pública”.
Otras regulaciones son que en los casos que se determine que el monto a pagar es distinto al facturado, después de verificar y comprobar dicho monto indebido, la autónoma deberá rectificar, modificar, anular o efectuar los respectivos abonos a cuenta, sin perjuicio de la responsabilidad penal, sobre todo en los casos que se resulte a favor del usuario.
Además se plantea realizar eventualmente auditorías o revisiones al sistema de facturación. También, remitir a la Defensoría del Consumidor un informe que contendrá el detalle de los ajustes de facturación aplicados a cuentas de los usuarios.
ANDA deberá también capacitar al personal encargado de la gestión comercial y atención al usuario.