Actualidad
Analizan dejar sin validez procesos tributarios iniciados entre el 2014 y 2015
La semana pasada, el diputado Rodolfo Parker (PDC), presentó a la Asamblea Legislativa una propuesta de decreto transitorio para dejar sin validez los procesos tributarios iniciados en los años 2014 y 2015 por parte de la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda.
El proyecto que lleva por nombre “Régimen transitorio para regular lo concerniente a los procesos de fiscalización en etapa de ejecución, que se iniciaron amparados a la reforma contenida en el Decreto Legislativo n.° 763, de fecha 31 de julio de 2014, declarado inconstitucional por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia», prohíbe a la Dirección General de Impuestos Internos “emitir las resoluciones administrativas correspondientes” en los procesos que sigan en trámite a la fecha de vigencia del transitorio.
En el proyecto, explica que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional por vicios de forma, el decreto legislativo 763 aprobado en julio de 2014 que establecía reformas al Código Tributario. Una de las reformas suspendía el “plazo de caducidad” de las facultades de fiscalización y determinación de impuestos y multas de la Administración Tributaria; se suspendía desde la fecha de notificación hasta tres años.
Otra de las reformas suspendía el plazo de prescripción al interponer un recurso, proceso o acción por el obligado o deudor tributario hasta que la resolución tenga la autoridad de la cosa juzgada. Dicha reforma también permitía divulgar casos remitidos a la Fiscalía General de la República con nombres de los sujetos pasivos y valor determinado, entre otras reformas.
La Sala declaró inconstitucional las reformas y ordenó la expulsión de esta disposición reformada a partir de enero de 2019, al considerar que la expulsión inmediatamente de estas medidas iba a afectar la recaudación tributaria.
Parker explicó que el decreto pretende “no vulnerar los derechos constitucionales de los contribuyentes, para que se finiquiten tales procesos sin ningún tipo de responsabiildad para la Dirección General de Impuestos Internos y los contribuyentes”.
“Para agotar estos procesos de fiscalización no es posible concluirlos hasta la etapa de determinación de impuestos y multas correspondientes a los periodos tributarios y ejercicios impositivos” correspondientes a los ejercicios fiscales de 2014 y 2015″, argumenta el proyecto de decreto.
Consulte el anteproyecto de decreto
[pdf-embedder url=»http://www.derechoynegocios.technosal.info/wp-content/uploads/2018/09/8125821515.pdf»]