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FUSADES previene necesidad de reformar la Ley de FOPROMID
La Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades) presentó un análisis sobre el manejo del Fondo de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres (FOPROMID) en el marco de la pandemia de COVID-19 por parte del Ejecutivo, el estudio concluye en que, de los más de $657 millones asignados, ha existido casos de abuso en el uso de recursos, falta de transparencia y rendición de cuentas.
El estudio explica que el 29 de mayo expiró la declaratoria de emergencia y que desde junio se ejecutaron más de $124 millones, aun cuando la ley dicta que al finalizar la declaratoria de emergencia se debe liquidar el FOPROMID, es decir, el Gobierno de El Salvador aún no ha liquidado los más de $657 millones que utilizó para mitigar el impacto de la crisis. Según datos del Ministerio de Hacienda, entre julio y septiembre se transfirieron a FOPROMID más de $67 millones.
“En años anteriores, han liquidado, han regresado el dinero que no se ha utilizado. Se le debe regresar a Gobernación”. Marjorie de Trigueros, investigadora de FUSADES.
El estudio señala que en el desarrollo del FOPROMID para la atención de la emergencia se han realizado varias operaciones irregulares en el empleo de estos fondos. Uno de estos es que se ha efectuado transferencias entre un ministerio y otro, y no conoció ni aprobó la Asamblea Legislativa dichas transferencias, según lo establece la Constitución de la República en el artículo 131.
Según detalla el análisis, $400 millones en Letras del Tesoro (LETES) o deuda de corto plazo para atender faltas temporales de liquidez, fue transferido al FOPROMID en marzo mediante orden ejecutiva, esta acción contraviene el artículo 227 de la Constitución de la República señala Fusades.
Otro de los temas en controversia es que todas las compras hechas con estos fondos no pasaron por la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), debido a una disposición que contempla la Ley FOPROMID, donde se autoriza que las compras directas no deban ser transparentadas tal cual lo exige la LACAP.
Se tomó la decisión de no usar esta última ley mencionada, a pesar de que ya establece un mecanismo ágil de compras en situaciones de emergencia, según explica la Dra. de Trigueros. “Las diferencias sustanciales que la LACAP establece que debe haber una resolución razonada y que se tiene que cumplir los principios de eficiencia y transparencia’”.
Fusades hizo el llamado a considerar una reforma de la Ley de FOPROMID, creada en 2005, que atienda principios de máxima publicidad, transparencia, eficiencia y ética. “Es necesario llevar a cabo una reforma a la Ley de FOPROMID, a fin de que esta pueda estar en línea con lo que establece la Constitución y evitar que en próximas situaciones de emergencia el gobierno no se rija por lo establecido en la LACAP y haga compras sin mayores niveles de control”, versa parte del análisis.