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Corte Suprema de Justicia acuerda proteger a funcionarios por enriquecimiento ilícito

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El 31 de enero del presente año, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitió un acta que limita las facultades investigativas de la Sección de Probidad, al establecer que la sección únicamente podrá investigar el patrimonio, bienes o cuentas bancarias de los funcionarios que han concluido sus cargos públicos hace menos de 10 años.

El acta cuenta con el voto favorable de once de los quince magistrados de la CSJ. Los magistrados que votaron por el acuerdo son: Oscar Alberto López Jeréz, Sergio Luis Rivera Márquez, Dafne Yanira Sánchez de Muñoz, Elsy Dueñas Lovos, José Roberto Argueta Manzano, Carlos Ernesto Sánchez Escobar, Aldo Enrique Cáder Camilot, Pineda Navas, Marina de Jesús Marenco de Torrento, Roberto Carlos Calderón Escobar y Ovidio Bonilla Flores.

Debido al acuerdo se dejará de investigar los expedientes abiertos que investigan a servidores públicos que ejercieron en períodos anteriores a 2009.

El acta fue promovida por la Comisión de Ética y Probidad, conformada por Leonardo Ramírez Murcia, Óscar López Jerez, Paula Patricia Velásquez, Roberto Calderón y Sergio Luis Rivera, por medio de un informe que sugería investigar patrimonios de empleados y funcionarios “siempre que no hayan transcurrido 10 años después del cese en el cargo y que sea en periodos continuos producto de elecciones populares”.

Según el acta, el informe mencionaba estas excepciones: cuando haya un proceso pendiente en la CSJ o cuando exista una solicitud ciudadana de acceso a la información pública. En 2015, solicitudes de información de ciudadanos obligaron a Probidad a auditar patrimonios de los expresidentes del país.

El magistrado Leonardo Ramírez Murcia sugirió considerar excepciones de la prescripción. Al final, los magistrados votaron sobre el periodo máximo a investigar: 10 años después del cese de funciones de los funcionarios.

Puede leer el acta de la Corte Suprema de Justicia a continuación:

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