{"id":10437,"date":"2018-07-09T20:02:09","date_gmt":"2018-07-09T20:02:09","guid":{"rendered":"http:\/\/www.derechoynegocios.technosal.info\/?p=10437"},"modified":"2018-07-09T20:02:09","modified_gmt":"2018-07-09T20:02:09","slug":"la-reforma-a-las-pensiones-una-reforma-inconclusa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/derechoynegocios.net\/la-reforma-a-las-pensiones-una-reforma-inconclusa\/","title":{"rendered":"La reforma a las pensiones: Una reforma inconclusa"},"content":{"rendered":"<p><strong><em><img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-10498 alignleft\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/www.derechoynegocios.technosal.info\/wp-content\/uploads\/2018\/07\/FRANCISCO-%C3%81LVAREZ-200x300.jpg?resize=183%2C275\" alt=\"\" width=\"183\" height=\"275\" \/>Por: Dr. Francisco \u00c1lvarez,\u00a0 Observatorio de Pol\u00edticas P\u00fablicas UFG<\/em><\/strong><\/p>\n<p>La reciente reforma a las pensiones en El Salvador, fue m\u00e1s una reforma fiscal que una reforma estructural al sistema previsional, la cual, lejos de dar respuesta a las necesidades de los cotizantes y jubilados, su aprobaci\u00f3n deriv\u00f3 en la p\u00e9rdida de beneficios para estos y en el aumento de sus cotizaciones al sistema. Adem\u00e1s de no obtener un incremento en el monto de pensi\u00f3n ni a corto, mediano ni a largo plazo.<\/p>\n<p>La finalidad de la reforma en t\u00e9rminos pr\u00e1cticos fue la de eximir al Estado de sus compromisos estipulados en el Art\u00edculo 234 de la LEY DEL SISTEMA DE AHORRO PARA PENSIONES, en donde se establece la creaci\u00f3n del Fondo de Amortizaci\u00f3n (1.5% del Presupuesto General del Estado) para el pago de las obligaciones exclusivamente emanadas de esta Ley.<\/p>\n<p>Es decir, que al conformarse la Cuenta de Garant\u00eda Solidaria, ser\u00e1n los trabajadores los que cargar\u00e1n con la responsabilidad de auto-pagarse: (1) La pensi\u00f3n m\u00ednima de vejez; (2) La pensi\u00f3n m\u00ednima de invalidez; (3) La pensi\u00f3n m\u00ednima de sobrevivencia, (4) Las pensiones de longevidad de los obligados y de los optados; (5) El pago de valor equivalente a certificados de traspaso y certificados de traspaso complementarios, (6) Las pensiones m\u00ednimas y obligaciones de los institutos previsionales con los afiliados de este sistema; y (7) Las devoluciones de aportes a los afiliados que no cumplen requisitos para tener un beneficio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Librando con ello al Estado de dicha responsabilidad legal y financiera establecida en la LEY DEL SISTEMA DE AHORRO PARA PENSIONES, pretendiendo con ello la obtenci\u00f3n de una cantidad importante de recursos financieros, bajo la premisa que el pago a las pensiones ha creado en las finanzas p\u00fablicas un d\u00e9ficit fiscal imposible de subsanar.<\/p>\n<p>Aunado a lo anterior, como resultado de la reforma de pensiones, los trabajadores perder\u00e1n diversos beneficios, entre los cuales se pueden mencionar la reducci\u00f3n del monto de la pensi\u00f3n por\u00a0invalidez<img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-10438 alignleft\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/www.derechoynegocios.technosal.info\/wp-content\/uploads\/2018\/07\/kkkkkh-300x237.jpg?resize=470%2C371\" alt=\"\" width=\"470\" height=\"371\" \/> total y parcial en un 28%. As\u00ed mismo, tras la derogaci\u00f3n del Art\u00edculo 17 de LEY DEL SISTEMA DE AHORRO PARA PENSIONES el cotizante ya no podr\u00e1 realizar aportes voluntarios para mejorar su pensi\u00f3n. De igual manera, cabe se\u00f1alar que el aumento del porcentaje del \u00faltimo salario devengado por el cotizante, no cambia el monto de la pensi\u00f3n m\u00ednima vigente ($207 d\u00f3lares, menos descuentos), para personas cuyo salario sea igual o menor a los $630 d\u00f3lares y que lejos de verse incrementada en el futuro, al d\u00eda de hoy los cotizantes aportan m\u00e1s recursos al sistema de pensiones, pero seguir\u00e1n recibiendo lo mismo que actualmente reciben.<\/p>\n<p>En este contexto, la reforma se asemeja m\u00e1s una reforma fiscal inconclusa, que a una reforma estructural al sistema previsional, ya que esta no dio una respuesta eficaz y efectiva a las necesidades de los cotizantes y jubilados, en la cual los cotizantes fueron los grandes perdedores.<\/p>\n<p>Si se considera que todos aquellos que se jubilar\u00e1n dentro de los pr\u00f3ximos 10 a\u00f1os, sin duda se jubilar\u00e1n con una pensi\u00f3n menor a la que lograr\u00edan antes de la reforma, pues aun cuando cotizan una cantidad mayor, gran parte de sus ahorros ir\u00e1 a la Cuenta de Garant\u00eda Solidaria; mientras que los nuevos certificados que se adquirir\u00e1n con un mayor rendimiento, se incorporar\u00e1n de forma gradual, sin embargo,\u00a0<img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-10441 alignright\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/www.derechoynegocios.technosal.info\/wp-content\/uploads\/2018\/07\/dolares-en-mano-300x169.jpg?resize=440%2C248\" alt=\"\" width=\"440\" height=\"248\" \/><br \/>\nno se espera que dichos portafolios de inversi\u00f3n puedan otorgar rendimientos mayores al 5% anual.<\/p>\n<p>La necesidad de una reforma a las pensiones es una realidad, pero esta debe de hacerse de manera integral. En donde el punto de discusi\u00f3n sea el aumento del monto de las pensiones a trav\u00e9s de esquemas y estructuras financieras eficientes, que permitan equilibrar los rendimientos y la cuant\u00eda del monto de las pensiones, y el beneficio esperado por las operadoras de los fondos (que en la actualidad resulta excesivo para la\u00a0calidad y cantidad de los resultados). De lo contrario, en un futuro cercano se tendr\u00e1n que reformar no s\u00f3lo los esquemas y las estructuras financieras, sino tambi\u00e9n las entidades y los mismos operadores, cuando se tenga ya presente un conflicto social que pueda poner en riesgo, el orden y la convivencia social dentro de la sociedad.<\/p>\n<p><img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-10447\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/www.derechoynegocios.technosal.info\/wp-content\/uploads\/2018\/07\/fr-300x70.jpg?resize=740%2C173\" alt=\"\" width=\"740\" height=\"173\" \/><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Dr. Francisco \u00c1lvarez,\u00a0 Observatorio de Pol\u00edticas P\u00fablicas UFG La reciente reforma a las pensiones en El Salvador, fue m\u00e1s una reforma fiscal que una reforma estructural al sistema previsional, la cual, lejos de dar respuesta a las necesidades de los cotizantes y jubilados, su aprobaci\u00f3n deriv\u00f3 en la p\u00e9rdida de beneficios para estos y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":7,"featured_media":10440,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"jetpack_post_was_ever_published":false,"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[214,212],"tags":[],"class_list":["post-10437","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad","category-opinion"],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"","amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/derechoynegocios.net\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10437","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/derechoynegocios.net\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/derechoynegocios.net\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechoynegocios.net\/wp-json\/wp\/v2\/users\/7"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechoynegocios.net\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10437"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/derechoynegocios.net\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10437\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechoynegocios.net\/wp-json\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/derechoynegocios.net\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10437"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/derechoynegocios.net\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=10437"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/derechoynegocios.net\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=10437"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}