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Sala declara inconstitucional reformas al Código Tributario aprobadas por diputados suplentes
La semana pasada, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional las reformas al Código Tributaria aprobadas el 30 de julio de 2014. Dichas reformas establecen controles de cumplimiento de obligaciones tributarias y sobre la publicidad de resoluciones de liquidación de tributos.
La Sala fundamenta la inconstitucionalidad en que los diputados suplentes, que aprobaron las reformas, carecían de legitimidad democrática. En razón que con posterioridad a las reformas los diputados suplentes fueron declarados inconstitucionales por la anterior Sala de lo Constitucional.
Las reformas regulan la aceptación de lineamientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para determinación de precios de transferencia, además de los lineamientos para tener un mejor control de los equipos utilizados para procesamiento de pagos con tarjetas de crédito o débito (POS).
De igual manera, se estableció la exigencia de solvencia tributaria por obligaciones aduaneras y divulgación de resoluciones de tasación de impuestos de contribuyentes que hagan uso de recursos.
Para no afectar a la administración tributaria, la Sala difiere los efectos de la sentencia hasta el 31 de mayo de 2019 y puso esta fecha como límite para que la Asamblea Legislativa emita nueva normativa tributaria.
Así mismo, declaró inconstitucional por relación una reforma al Código Electoral que habilitaba la elección automática del diputado suplente mediante la elección del diputado propietario.