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Sala declara improcedentes demandas contra decreto que faculta al Vicepresidente el estudio de reformas a la Constitución

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La Sala de lo Constitucional declaró improcedentes dos demanda de inconstitucionalidad en contra del Decreto Ejecutivo, emitido por el Presidente de la República, que delega al Vicepresidente el “coordinar el estudio y propuesta de reformas a la Constitución”.

La Sala consideró que el Decreto Ejecutivo no encaja dentro de los supuestos de objeto de control que se pueden controlar en el proceso de inconstitucionalidad, pues no es una ley, tratado, reglamento, omisión o acto de aplicación directa de la Constitución.

Las demandas fueron presentadas por Daniel Eduardo Olmedo y Salvador Enrique Anaya, alegando una supuesta violación de los arts. 86 inc. 3° y 248 inc. 3° de la Constitución.

La Sala resolvió que el decreto impugnado no encaja dentro de los supuestos de objeto de control que se pueden controlar en el proceso de inconstitucionalidad, pues no es una ley, tratado, reglamento, omisión o acto de aplicación directa de la Constitución.

“Aunque su denominación es la de “decreto”, lo cierto es que no se trata de un acto de aplicación directa de la Constitución, que es lo que la jurisprudencia constitucional ha establecido como condición necesaria para poder impugnar un acto normativo (por ejemplo, el nombramiento o designación de un funcionario público)”, se lee en la resolución.

La Sala explica que en este supuesto específico existe una intermediación normativa entre la Constitución y el acto por el que se ha hecho el nombramiento o designación: el Decreto Ejecutivo es un acto de aplicación del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, no de la Constitución. Efectivamente, el art. 3-A del citado reglamento dispone que el Vicepresidente de la República, además de las atribuciones que le otorga la Constitución, ejercerá las funciones que el Presidente de la República le encomiende.

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