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Sala apoya que elecciones municipales sean por bandera

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Hoy, la Sala de lo constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró que «no existe la inconstitucionalidad alegada, respecto a la violación del derecho al sufragio activo y pasivo» que argumentaron en una demanda, seis ciudadanos, respecto al artículo 185, inciso primero letra a, del Código Electoral, en el que se establece la votación para elegir Concejos municipales «marcando sobre la bandera del partido o coalición» de los candidatos.

Según la notificación de la Sala, los demandantes «afirmaron que la lista cerrada y bloqueada de candidatos a miembros de concejos municipales, tal como se expresa en el voto por bandera partidaria, viola el derecho al sufragio, por ser una limitación desproporcionada en sus manifestaciones de voto libre.

Con la demanda, los ciudadanos Eduardo Salvador Escobar Castillo, José Ramón Villalta, René Landaverde Hernández, Karla Lucía Sánchez, José Matilde Sigarán Navarrete y José Ernesto Guevara Hernández buscaban una reforma para que las elecciones municipales se hicieran mediante votos por los rostros de los candidatos.

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