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Presidencia ratifica reformas a la Ley de Protección al Consumidor

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En el Diario Oficial recientemente fueron publicadas las reformas a la Ley de Protección al Consumidor (LPC), con el objetivo de fortalecer la defensa de los consumidores frente a prácticas abusivas por parte de proveedores de bienes y servicios.

Entre las principales reformas destaca la inclusión del artículo 19-A, que permite a la Defensoría del Consumidor intervenir en situaciones de sobreendeudamiento de personas que enfrentan dificultades para pagar sus deudas debido a circunstancias extraordinarias, como problemas de salud.

La Defensoría actuará como mediadora entre el consumidor y los proveedores de servicios financieros, ofreciendo alternativas como la reestructuración y refinanciamiento de deudas.

Por otro lado, el artículo 21 fue revisado para incluir una obligación adicional para los proveedores de bienes y servicios a través del comercio electrónico: en caso de incumplimiento del plazo de entrega, el contrato se rescinde y las sumas pagadas deben ser devueltas sin retención.

El presidente observó y propuso modificaciones al artículo 7, relacionado con las obligaciones de los proveedores, eliminando el término «precio regulado por la ley», dado que en El Salvador los precios no son regulados por ley, exceptuando los combustibles y el gas licuado de petróleo.

Además, las reformas prohíben a los proveedores recopilar, utilizar y transferir los datos personales y crediticios de los consumidores sin su autorización expresa, permitiendo esta práctica solo a las agencias de información de datos.

El artículo 28, que regula el etiquetado de productos genéticamente modificados, fue revisado para mantener su redacción original, asegurando que estos productos deben especificar visiblemente su naturaleza en el empaque. Estas reformas buscan garantizar una mayor protección y transparencia para los consumidores, promoviendo prácticas comerciales justas y responsables en El Salvador.

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