Actualidad

LETES

Publicado

el

 

Por Daniel Olmedo, socio-Espino Nieto

En las leyes de presupuestos de cada año se incorpora un artículo que faculta al Órgano Ejecutivo para emitir deuda flotante hasta por un porcentaje respecto a los ingresos corrientes. Eso se fundamenta en el art. 227 de la Constitución de la República: “En el Presupuesto se autorizará la deuda flotante en que el Gobierno podrá incurrir, durante cada año, para remediar deficiencias temporales de ingresos”.

La deuda flotante se materializa en las Letras del Tesoro (Letes), títulos de deuda emitidos por el Estado por plazos de hasta 360 días.

Su fin está ceñido a remediar defiendas temporales de ingresos. De ahí que no son un mecanismo de fondeo regular del Estado, como los préstamos y títulos de deuda a largo plazo. Lo que corresponde es pagar las Letes con los ingresos corrientes del Estado.

Pero se hizo costumbre ocuparlas como un medio ordinario de financiamiento. Y el mecanismo que se ocupa es convertir sistemáticamente la deuda de corto plazo —las Letes— en deuda de largo plazo.

Esto significa que cuando se acerca el límite de deuda flotante autorizado por la Asamblea Legislativa, el gobierno obtiene la autorización legislativa para emitir bonos, y con ellos pagar el saldo de las Letes; en lugar de pagarlo con sus ingresos corrientes —los impuestos, principalmente—.
En 2009 la Asamblea autorizó la emisión de bonos por $800 millones para pagar la deuda de Letes. En 2012, US$800 millones. En 2015, $900 millones —pero esta fue declarada inconstitucional por motivos de forma—. En 2016, $550. Y hoy, en 2018, el Ministro de Hacienda ha pedido $800 millones para el mismo fin.

Eso ha provocado, por una parte, que se burle la finalidad constitucional de las Letes, y por otra, un aumento desproporcionado de la deuda. Al cierre de 2017 la deuda del Sector Público no Financiero llegó al 71.6% del PIB. El FMI advirtió el peligro que con ello se corre, y recomendó que, en lugar de incrementar la deuda, en un plazo de 20 años se reduzca a niveles inferiores del 50% del PIB.

El tratamiento de las Letes es una bomba de tiempo. Es urgente tomar medidas para disciplinar al Estado.

En 2017 se intentó que la Sala de lo Constitucional reconociera que la autorización legislativa para emitir Letes requiriera mayoría calificada, como ocurre respecto a cualquier otra deuda que contrae el Estado. Pero el Tribunal rechazó tal circunstancia, y permitió que esa deuda continuará aprobándose con mayoría simple.

 

El magistrado Blanco discrepó: “Mis colegas magistrados han incurrido en una contradicción: por un lado, concluyen que la deuda flotante que se materializa en la emisión de Letes constituye efectivamente deuda pública —con independencia de que sea de corto plazo y de bajo interés— porque es una forma de empréstito voluntario, los cuales según el art. 148 incs. 1° y 2° Cn. se aprueban con mayoría calificada ordinaria (56 votos), pero a la vez sostienen que debido a que el art. 227 inc. 3° Cn. no precisó en su texto el tipo de mayoría legislativa requerida para la aprobación de deuda flotante. En tanto que el artículo en el que se autoriza al Órgano Ejecutivo para su emisión, se establece dentro del documento del presupuesto general de cada año, su aprobación también debe realizarse al menos con mayoría simple de diputados electos de la Asamblea Legislativa (43 votos)”.

Lo que reconocieron los cuatro magistrados que sí votaron por esa sentencia es que ese uso sistemático de pasar el saldo de deuda de Letes a deuda de largo plazo suponía “un uso excesivo y arbitrario del mecanismo de la deuda flotante para financiar el gasto corriente del Estado, fuera del uso constitucionalmente prescrito”.

Pero la simple advertencia de la Sala fue insuficiente. Meses después el Ministro de Hacienda vuelve a la Asamblea a solicitar una emisión de bonos por $800 millones para, nuevamente, pagar el saldo de Letes.

La Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades), pidió que se deniegue esa emisión y que en su lugar, se utilicen los excedentes de recaudación tributaria para pagar el saldo de Letes. Así debe ser. Si se autoriza esa emisión de deuda, parece que serán los nuevos magistrados de la Sala de lo Constitucional quienes deberán tomar una decisión sobre este asunto.

Click para comentar

Popular

Salir de la versión móvil