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Estadísticas sobre el régimen disciplinario de los funcionarios judiciales

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El Observatorio Judicial de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES) publicó su estudio: “Estadísticas judiciales 8: Régimen Disciplinario” en el que se presentan las estadísticas sobre el régimen disciplinario de los funcionarios judiciales.

En las estadísticas presentadas, el Observatorio Judicial analizó la aplicación del régimen disciplinario a jueces propietarios durante el periodo 2015-2016 desde una perspectiva cuantitativa.

Segpun datos presentados, en abril de 2016 existían 604 jueces de la República que son propietarios, en este dato no están incluidos los 15 magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Hay 118 jueces con informativos disciplinarios abiertos por algunas de las causales de sanciones establecidas en la ley de la Carrera Judicial. Esto quiere decir que el 19.54 por ciento de los jueces del país, están siendo investigados por el Departamento de Investigación Judicial.

gráfica 1

 

En la presente gráfica se puede notar que los jueces de primera instancia son los más denunciados. A pesar de que hay más jueces de paz, estos tienen menos informativos disciplinarios abiertos en su contra que los jueces de primera instancia.

En la siguiente gráfica  se puede notar que de los jueces  de primera instancia el 26.4 por ciento tienen informativos disciplinarios. Esto quiere decir que 1 de 4 funcionarios judiciales está siendo investigado por infracciones al régimen disciplinario. Dicha proporción es el doble de los magistrados de segunda instancia que solo representan el 13.7 por ciento. De los jueces de paz, el 15.2 por ciento tiene investigaciones disciplinarias abiertas.

gráfica 3

 

El Observatorio insta a que la CSJ investigue qué pasa con los jueces de primera instancia y por qué son los funcionarios que acumulan más expedientes  disciplinarios en su contra.

El objetivo de estas estadísticas es reflejar las cifras que pueden alertar sobre la posible existencia de problemas entre algunas clases de jueces más que entre otros,  en las magistraturas de segunda instancia es necesario precisar que el número de mujeres propietarias es solo el 27 por ciento. Hay una magistrada por cada 4 magistrados de cámara con informativos en trámite, igual que la proporción general de los funcionarios judiciales con informativos disciplinados abiertos que al desglosarlos por sexo, también de 1 a 4 (118/604).

Según el régimen establecido por la  Ley de Carrera Judicial (LJC), hay infracciones y diversos tipos de sanciones aplicables a los funcionarios judiciales. Las fracciones se categorizan en leves,  graves, muy graves o ser causal de remoción del cargo. Las sanciones pueden ser en amonestación verbal o escrita, suspensión y remoción del cargo.

El Departamento de Investigación Judicial de la CSJ tenía 212 denuncias admitidas en contra de jueces propietarios, al 15 de junio de 2016.

En esta gráfica se reflejan los tres causales más comunes de denuncias, que abarcan el 70 por ciento de los informativos en trámite.

 

causales 1

causales 2

 

causales 3

 

Artículo 51, infracciones graves:

c) Incumplir las comisiones que se le asignen.

e) Omitir o retardar injustificadamente los asuntos del despacho o incumplir por descuido o negligencia los términos procesales.

Artículo 52, infracciones muy graves:

e) Firmar resoluciones sin haber participado en su discusión o no haberse impuesto del contenido de las diligencias.

Artículo 55, remoción del cargo:

b) Ineptitud o ineficiencia manifiestas en el desempeño del cargo.

Artículo 52, infracciones muy graves:

d) No practicar las diligencias judiciales a que está obligado o negarse a concurrir a los actos que requieren su presencia.

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