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Empresarios pueden renovar matrículas de empresas sin multas

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Este día, fue publicada la edición del Diario Oficial que contiene el decreto legislativo que regula que la renovación de la matrícula de empresa de este año tenga como efecto la renovación de las matrículas de los años anteriores que tuvieren pendientes, sin el pago de los derechos de registro o multas.

La medida tiene similitud a la Ley Transitoria para la Regulación de Matriculas de Empresa y Registro de Locales ante la Pandemia por COVID-19, misma que prorrogaba hasta diciembre del 2020 el plazo para renovar matrículas y registros de empresas, sin embargo esta fue vetado por Presidencia poco después de ser aprobado.

Según la normativa, los comerciantes podrán presentar la solicitud de renovación de la matrícula de empresa y registro de sucursales, agencias o locales para el año 2021, a cualquier hora y día hábil, dentro de la vigencia del presente decreto, indistintamente en el mes que les corresponda cumplir con dicha renovación.

Estos deberán pagar únicamente los derechos de registro pertinentes al año 2021, sin recargos o multas y adjuntar a la solicitud un balance certificado de su situación económica y la solvencia del registro de empresa de la Dirección General de Estadística y Censos.

El decreto entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial y sus efectos caducarán el día treinta y uno de agosto del año dos mil veintiuno.

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