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El Bitcoin se convierte en divisa de uso legal en El Salvador
Con la nueva ley, vigente desde el 7 de septiembre, la criptomoneda puede usarse como medio de pago, al igual que el dólar.
Escrito por: Mariana Belloso | Editora Derecho y Negocios
El Salvador se ha convertido en el primer país del mundo en adoptar al Bitcoin como divisa de curso legal. La ley para ello fue aprobada por la Asamblea Legislativa el pasado 9 de junio de 2021, solo cuatro días después de que el presidente de la República, Nayib Bukele, anunciara sus intenciones de legalizar su uso, a través de un video que fue proyectado en la Bitcoin 2021 de Miami, una feria de entusiastas de la criptomoneda donde las conferencias se dieron en inglés.
La ley, vigente desde el 7 de septiembre, cuenta con solo 16 artículos. Tres meses después, persisten dudas sobre cómo evolucionará la aplicación de dicha legislación, y qué efectos económicos, fiscales, sociales y financieros tendrá. Entidades como el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y las calificadoras de riesgos Fitch y Moody’s, entre otras, han advertido que es un experimento bastante riesgoso y que repercutirá, por ejemplo, en el cumplimiento de normativas internacionales contra el lavado de dinero.
Especialistas que conocen la realidad salvadoreña, como Ricardo Castaneda, se han sumado a las advertencias. Él es el economista jefe para El Salvador del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (ICEFI), y ha insistido en que uno de los principales problemas del Bitcoin en su volatilidad, ya que cambia de valor constantemente. Esto, que supone una complicación para los comerciantes, empresas, etc., también representa una amenaza para las finanzas públicas: no solo el Gobierno recibirá el pago de impuestos en Bitcoin, sino que ha establecido un fideicomiso por US$150 millones para presuntamente absorber dicha volatilidad para los usuarios de la criptomoneda.
Adicionalmente, el Ejecutivo pidió a la Asamblea reorientar fondos por otros US$50 millones para gastos relacionados con la complementación de la ley, con lo que el costo de ello sube a US$200 millones.
Este tipo de decisiones se están tomando en momentos en los que las finanzas públicas de El Salvador están bastante complicadas: la relación entre la deuda y el Producto Interno Bruto (PIB) es de casi el 100 %, el déficit ronda los US$1,000 millones y la calificación de riesgo del país ha bajado al nivel de “bono basura”, lo que encarece el costo de contratar financiamiento externo.
El Gobierno mantiene negociaciones para un acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) que, de concretarse, permitirían que el Ejecutivo contara con US$1,300 millones, y reduciría el perfil de riesgo del país, con lo que se podría, por ejemplo, emitir bonos a una tasa de interés más baja. Pero la propia iniciativa de la Ley del Bitcoin parece haber complicado las pláticas. Varios artículos publicados por el Fondo advierten sobre los peligros de colocar todo lo que representa la estabilidad de una economía nacional sobre algo tan volátil como el Bitcoin.
¿Obligatorio?
Para la población, un punto clave de la Ley del Bitcoin es la obligatoriedad del uso de la cirptomoneda. El 7 establece que “Todo agente económico deberá aceptar bitcoin como forma de pago cuando así le sea ofrecido por quien adquiere un bien o servicio”. Sin embargo, pese a la claridad de dicho artículo, tanto el presidente Bukele como miembros de su gabinete han insistido en que el uso será opcional.
En el Art. 8, la ley explica que el Estado proveerá alternativas que permitan al usuario llevar a cabo transacciones en bitcoin. Así, el presidente Bukele anunció la creación de una billetera electrónica estatal, la Chivo Wallet. Se trata de un tipo de billetera centralizada y custodiada que, según el gobernante, ofrecerá convertibilidad inmediata de Bitcoin a dólar, algo que solo es posible usando una moneda estable o stable coin. Las stable coins son divisas electrónicas que ofrecen paridad con el dólar, y existen varias en el mercado.
Al cierre de esta nota, el Gobierno no había explicado qué tipo de stable coin usará con la Chivo Wallet, pero investigaciones periodísticas del medio ditital El Faro han señalado que la intención del Ejecutivo es crear su propio token o moneda digital. Esto ha generado aún más temores en cuanto a que la emisión de moneda, ya sea en papel o electrónicas, requiere un respaldo. “Y no sabemos cuál será el respaldo para emitir ese token”, dice la economista Tatiana Marroquín.
Los preparativos
Pocos días antes de la entrada en vigor de la ley, el presidente Bukele publicó un hilo en Twitter insistiendo en que el uso del Bitcoin es opcional, hablando de la Chivo Wallet, y anunciando la instalación de 200 cajeros para operar con Bitcoin. Los cajeros comenzaron a ser instalados en distintas partes del país, y son operados por la empresa Athena.
Al cierre de esta nota, aún no estaba disponible la Chivo Wallet, una billetera custodiada. Las criptomonedas pueden usarse con dos tipos de billeteras electrónicas: las custodiadas y las no custodiadas. Las no custodiadas permiten que sea el titular de la cuenta quien tenga el control y responsabilidad total sobre las criptomonedas que están en la Blockchain y que le pertenecen. Las custodiadas son billeteras centralizadas donde el administrador de las mismas tiene el control sobre las criptomonedas en la blockchain, y las asigna nominalmente a las cuentas de cada usuario.
Adicionalmente, se colgaron en el sitio del Banco Central de Reserva (BCR) dos normas técnicas para la aplicación de la ley, una para las entidades financieras y otra para las empresas que ofrezcan billeteras electrónicas. Los documentos fueron colgados con propósitos de “consulta”, según el BCR, y los insumos sobre las mismas se recibieron hasta el 6 de septiembre, un día antes de que iniciara la vigencia de la ley.
En lo que respecta al Bitcoin en el entorno financiero, la norma publicada por el BCR establecía la figura de casas de cambio digitales, con las que las entidades del sector podrían ofrecer a los clientes la convertibilidad de Bitcoin a dólar, y viceversa. De ser así, se protegería a los bancos del contagio de riesgo del uso del Bitcoin.
El Comité Internacional de Normas Bancarias de Basilea establece que si un banco opera con criptoactivos, como el Bitcoin, debe entonces tener una reserva del 125 %, debido al riesgo que estos representan. Ni la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) ni el BCR han dado detalles de cómo se adaptará esta norma al entorno salvadoreño, en el contexto de la aplicación de la Ley del Bitcoin.
Finalmente, en la última semana de agosto, el Banco Centroamericano de Integración
Económica (BCIE) lanzó a concurso la contratación de una consultoría para ayudar en la implementación del Bitcoin como moneda de uso legal en El Salvador. Las ofertas para la Consultoría “Generación de Parámetros de Regulación e Implementación de la Ley Bitcoin – República de El Salvador” se terminarán de recibir el 14 de septiembre, una semana después de la entrada en vigor de la ley, y a través de la misma se espera:
Realizar un diagnóstico en profundidad del mercado y ecosistema de Bitcoin desde la perspectiva internacional y local;
Proponer los marcos regulatorios y legales necesarios para aumentar la penetración, adopción y uso de Bitcoin;
Generar las directrices de la reglamentación necesaria para la implementación del Bitcoin como moneda de curso legal en El Salvador, sin perjuicio de la Ley de Integración Monetaria.
Establecer los parámetros generales de los roles de los diferentes actores en materia de regulación nacional e implementación de la Ley Bitcoin, incluyendo, pero sin limitarse a: Ministerio de Hacienda, Ministerio de Economía, Banco Central de Reserva, Superintendencia del Sistema Financiero, y Banco de Desarrollo de la República de El Salvador (BANDESAL).
En última instancia, el proyecto tiene como objetivo de aumentar la accesibilidad y asequibilidad de la utilización de Bitcoin, sus tecnologías y servicios relacionados para promover el desarrollo socioeconómico, la inclusión financiera y la integración económica de El Salvador.