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Diputado Velásquez Parker pide eliminar delito de desacato

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La semana pasada, el diputado Ricardo Velásquez Parker presentó una pieza de correspondencia a la Asamblea Legislativa solicitando la derogar el artículo 339 del Código Penal en lo referente al delito de desacato.

Parker considera que el artículo 6 de la Constitución establece en su inciso primero que toda persona puede expresar y difundir libremente sus pensamientos siempre que no subvierta el orden público, ni lesione la moral, el honor, ni vida privada de los demás. El ejercicio de este derecho no estará sujeto a previo examen, censura ni caución.

«El Salvador es miembro signatario de la Organización de los Estados Americanos OEA desde 1948 y en su principio número 1 de La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión reconoce que la libertad de expresión», se lee en la pieza de correspondencia.

Parker señala que la declaración en su principio número 11 que las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como “leyes de desacato” atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información.

El diputado considera necesario garantizar a los ciudadanos la posibilidad de manifestar de forma írrestricta los argumentos que puedan derivar de las acciones de los representantes del pueblo.

La derogación busca combatir censura y la coerción absoluta de la divulgación de información y del pensamiento individualista.

Actualmente el desacato es regulado de la siguiente manera:

DESACATO Art. 339.-

El que con ocasión de hallarse un funcionario público en el ejercicio de sus funciones o por razón de éstas, ofendiere de hecho o de palabra su honor o decoro o lo amenazare en su presencia o en escrito que le dirigiere, será sancionado con prisión de seis meses a tres años.

Si el ofendido fuere Presidente o Vice Presidente de la República, Diputado a la Asamblea Legislativa, Ministro o Subsecretario de Estado, Magistrado de la Corte Suprema de Justicia o Cámara de Segunda Instancia, Juez de Primera Instancia o Juez de Paz, la sanción podrá aumentarse hasta en una tercera parte de su máximo.

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