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El criterio de oportunidad de pinocho – Edición #84

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En El Salvador el Código Procesal Penal del artículo 18 al 23 regula la figura del Criterio de oportunidad, que consiste en prescindir de la acción penal –total o parcialmente– respecto de un imputado que cometió un delito, es decir, que no lo van a procesar. Lo que resulta interesante de esta figura jurídica, es el supuesto del imputado que colabora con el Estado para saber la verdad de los delitos en los que él fue participe con otros imputados, o bien, sobre otros delitos más graves (art. 18 n° 1 CPrPn) –en adelante a esta figura la llamaré “Criteriado” –.

El criteriado radica en razones “pragmáticas” y de “conveniencia” (sentencia de inconstitucionalidad 5-2001), pues resulta imposible perseguir todos los delitos. Es una figura alternativa, ya que la Fiscalía debe investigar –generalmente– todos los delitos en cumplimiento de los Principios de: 1) Obligatoriedad; 2) Oficiosidad; 3) Igualdad; y 4) inevitabilidad de la acción e irrectractibilidad de la misma, o en uno, cumplimiento al Principio de Legalidad.

Más allá de los argumentos que angelifican el criteriado, como que no se debería conceder a los líderes que cometieron los delitos, entre otros argumentos más, en el criteriado se muestra de forma clara la deficiencia del Estado, pues ha llegado a un punto donde –aparentemente- la única solución es ir contra sí mismo, es decir, dejar en impunidad delitos para poder sancionar otros delitos.

Por suerte del criteriado y por desgracia del Estado, muchos casos se caerían sin la ayuda de él. La gente tiene miedo de declarar, algunas investigaciones son débiles y superficiales, no se usa mucho la prueba científica como en otros países, y cuando se usa la prueba científica solo es de forma complementaria con lo dicho por el criteriado, cuando debería ser al revés, y cuando mejor aún, no debería ser necesario lo dicho por el criteriado.

Como una metáfora: La Castilleja es una planta parasita muy preciosa que por su naturaleza obtiene de otra planta –su huésped– sus nutrientes para sobrevivir. El criteriado negocia la Justicia Penal a costa de la IMPUNIDAD con el Estado –su huésped–.

¿Cómo se da cumplimiento al Principio de Justicia Material (no dejar en impunidad delitos), o, la resocialización del delincuente (criteriado) y el efecto disuasivo que tiene la pena en la sociedad?

“Gracias a la tortura, que hace cantar a los mudos, muchos presos están presos por delitos que jamás cometieron, porque más vale inocente entre las rejas que culpable en libertad” – Eduardo Galeano.

Una persona que no quiere estar en la cárcel es capaz de hacer cualquier cosa, incluso mentir –como pinocho–, y contrario hacer un héroe – malo el criteriado puede causar más perjuicios de los que ya ocasionó.

 

 

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