Diálogo con Expertos

Conversando con el Dr. Mena Guerra sobre su nuevo proyecto en derecho administrativo

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Entrevistamos al doctor Ricardo Mena Guerra sobre la reciente publicación de su libro sobre derecho administrativo sancionador. El experto nos habla sobre lo aportes que hará esta doctrina; así también, conversamos sobre algunas observaciones del panorama del derecho administrativo en la actualidad. 

 

  1. Háblenos de su nuevo libro «Temas de Derecho Administrativo Sancionador»

Como lo expresamos en la presentación del libro, el régimen jurídico de la Administración Pública, es decir, el Derecho Administrativo, ha tardado mucho en progresar en nuestro país. Sin embargo, a partir del 2018 se inició una fuerte reforma a este régimen con la promulgación de la nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA) y en el 2019 se introdujo la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA). Además, en este momento coyuntural está cobrando mucha fuerza la probabilidad de una nueva Ley de la Función Pública o del Servicio Público.

Este fenómeno ha provocado que el Derecho Administrativo esté de moda, tan es así que solo el año pasado se han escrito más libros de Derecho Administrativo en El Salvador que en los últimos 10 años.

Es en esta dinámica de fortalecer las fuentes doctrinarias del derecho público donde nace la inquietud de este esfuerzo de publicación de autores varios.

Se trata de una compilación de temas de actualidad del Derecho Administrativo Sancionador (DAS), en su mayoría desarrollados bajo la óptica de la reciente LPA, a excepción del destacado trabajo de derecho comparado del profesor de la Universidad Autónoma de Barcelona, Joan Amenós Álamo.}

  1. ¿Cómo fue la experiencia de trabajar como coordinador con otros cuatro autores?

En realidad, este es el segundo intento de involucrarme en un proyecto de una obra colectiva. El primero fue hace dos años, pero lamentablemente ninguno de los profesionales a los que se les solicitó su colaboración remitió sus artículos.

Esto contrasta con la experiencia vivida en este segundo esfuerzo, pues traté de mezclar la experiencia de mi maestro, el doctor Amenós Álamo, con tres jóvenes brillantes que ya son una referencia del Derecho Administrativo salvadoreño.

Es plausible la responsabilidad y la calidad académica que demostraron los coautores de este libro y cada uno estuvo abierto a escuchar las inquietudes sobre la claridad, precisión y la actualidad de los temas y su desarrollo. Puedo decir con sinceridad que este rol me permitió aprender muchísimo de los trabajos realizados por los colegas.

 

  1. ¿Por qué este libro está enfocado en el Derecho Administrativo Sancionador?

Me parece que uno de los tópicos más sensibles para los salvadoreños es precisamente el DAS, ya que este regula la potestad punitiva o de castigo que tiene la Administración en contra de las personas. Por ejemplo, esta rama del derecho norma las multas, inhabilitaciones, suspensiones, cierres de establecimiento, destituciones de los servidores públicos, entre otros aspectos.

Por tanto, en necesario reflexionar y desarrollar el equilibrio y proporcionalidad que debe de existir entre esta potestad sancionadora y los principios, derechos y garantías con que contamos las personas frente a la Administración.

  1. ¿Cuál considera que es el aporte más importante del libro para la comunidad jurídica del país?

Tratando de sintetizar, el libro parte de un marco comparativo de la estructura del procedimientoadministrativo sancionador español, lo cual es muy valioso pues es evidente que nuestra LPA resulta ser una copia parcial de la legislación española.

También existe un desarrollo totalmente criollo del principio de culpabilidad, en donde se pone sobre la mesa el elemento que en toda infracción y sanción administrativa debe existir dolo o culpa, señalándose, desde una perspectiva de la jurisprudencia constitucional, cuál de los dos constituiría la regla general en la dinámica de la potestad sancionadora de la Administración.

Además, se desarrolla el aspecto de las matizaciones del DAS en El Salvador, lo cual es muy relevante pues actualmente hay una corriente que trata de minimizar las garantías y derechos de las personas frente la Administración, llegando incluso a desnaturalizar ciertos principios constitucionales, tales como la presunción de inocencia, tipicidad, legalidad, proporcionalidad, por mencionar algunos.

Asimismo, hay un desarrollo muy acabado sobre el principio de única persecución ante la concurrencia de infracciones administrativas, el cual se vuelve el principio más complejo de aplicar y dilucidar en los casos concretos. Resulta que en determinadas circunstancias por un mismo hecho una persona podría ser sancionada disciplinariamente por la entidad del Estado donde trabaja, por el Tribunal de Ética Gubernamental, por la entidad del Estado que supervisa la profesión, e incluso podía ser sancionada también por el colegio de profesionales al que pertenece. Por esto es que señalo que resulta ser un principio difícil de exigir en los casos prácticos.

Finalmente, el último de los artículos trae la novedad de ser el primer trabajo académico que desarrolla de forma sistemática las fases del nuevo procedimiento administrativo, la clasificación de los procedimientos, dejando la inquietud sobre la posibilidad de procedimientos excluidos.

  1. ¿Hay un próximo libro en camino? De ser así, ¿cuáles podrían ser los posibles temas?

Le voy a dar la primicia a la revista, una de las metas académicas para este año es publicar una nueva edición de mi primer libro divulgado hace 15 años, llamado “Génesis del Derecho Administrativo en El Salvador”. En esta nueva edición se tratarán temas como el régimen de los trabajadores del Estado, la organización administrativa salvadoreña, las particularidades de las fuentes del derecho administrativo en nuestro país, por mencionar algunos.

El libro puede comprarlo en Editorial Jurídica Salvadoreña 22221128 o pedirlo a domicilio por WhatsApp 7977-9099, con Jorge Nolasco. El libro tiene un costo de $9.00.

Sobre el ambiente administrativo de El Salvador

  1. ¿Considera que la LPA ha tenido un impacto significativo en la administración pública?

El impacto es evidente, pues de no existir un régimen común para todas las entidades que realizan función administrativa como el órgano ejecutivo, las municipalidades, las instituciones oficiales autónomas, nace este cuerpo normativo que universaliza un régimen común para las todas las instituciones del Estado.

Sin embargo, la aplicación de la LPA todavía se encuentra en desarrollo, pues lamentablemente aún existe desconocimiento, y en algunos casos, algunas entidades están reacias a su aplicación y buscan eludir la misma.

  1. ¿Cree que las instituciones públicas ya se han acoplado a las nuevas regulaciones de la LPA?

Considero que la mayoría de instituciones están tratando de acoplar esta nueva regulación. En el ejercicio de esa adaptación es normal que van a existir errores, los cuales hay que admitirlos con madurez y esperar que sean los tribunales contencioso administrativo los que vayan homogenizando las reglas de operatividad de la misma.

  1. ¿Considera que los tribunales de lo contencioso administrativo han tenido los resultados esperados?

Este nuevo régimen todavía es experimental y se encuentra en desarrollo, sin embargo, considero que los distintos intervinientes en el nuevo proceso judicial ya estamos listos para colaborar en un diagnóstico que debe ser liderado por la Corte Suprema de Justicia, en el que se establezcan las fortalezas, debilidades y se dicten medidas dos tipos: de reforma legislativa y otras enfocadas a realizar una mayor inversión de recursos y personal en los nuevos tribunales.

  1. Ya pasó un año de entrar en vigencia la LPA, ¿Cuál considera que fue la innovación más importante que trajo la LPA a El Salvador?

La innovación más importante es la de ofrecer reglas y procedimientos comunes aplicables a todas las instituciones del Estado que ejercen función administrativa, evitando el desorden e inseguridad que provocaba el hecho superado de que cada institución tuviera sus propias reglas del juego.

  1. ¿Considera que esta normativa  tiene espacio para mejoría? ¿Cuáles son sus recomendaciones?

A título de ejemplo, podría ser regular de forma expresa la etapa del derecho de audiencia al inicio del procedimiento común, modificar el régimen de los efectos del silencio administrativo, aclarar algunas reglas en materias de recursos administrativos, clarificar si el procedimiento para reclamar daños y perjuicios en sede administrativa es solo aplicable cuando ejerce contra la Administración Pública o también lo es cuando se ejerce contra el servidor público, mejorar los mecanismos de inicio del procedimiento administrativo, aclarar la naturaleza obligatoria u optativa del procedimiento de nulidad absoluta de los actos administrativos, mejorar la regulación del régimen de derogatorias y las disposiciones transitorias, entre otros aspectos.

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