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Aprueban régimen jurídico para inmuebles en proindiviso

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La Asamblea Legislativa aprobó crear un régimen jurídico especial para delimitar y registrar porciones de terrenos que tengan calidad de proindiviso en los cuales no sea posible, o sea de difícil realización, la partición judicial o extrajudicial que permita establecer las porciones de inmuebles que les correspondan.

Esta ley se aplicará a todos aquellos derechos de propiedad sobre inmuebles que se encuentren en estado de proindivisión, en los cuales no sea posible, de conformidad al Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, determinar la totalidad de los copropietarios; o que, en una matrícula registra!, existan cinco o más copropietarios a la entrada en vigencia de la presente ley y se justifique la imposibilidad de ubicarlos a todos.

Podrán solicitar el procedimiento establecido en la presente ley, únicamente aquellas personas que, siendo titulares de derechos proindivisos inscritos en el Registro, o que al menos cuenten con antecedente inscrito, no deseen seguir en dicho estado de proindivisión y ejerzan posesión sobre una porción acotada dentro del inmueble general.

También estarán comprendidos en el ámbito de aplicación de la ley, los beneficiarios de la Reforma Agraria, cuyo derecho se encuentre en estado de Proindivisión.

Quedan excluidos del régimen especial quienes estuvieren sometidos a la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamientos y los derechos proindivisos que se constituyan con posterioridad a la vigencia de esta.

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